Registro del negocio
Cualquier entidad que dirija negocio dentro de Georgia se puede requerir para
colocar para uno o más números de identificación del impuesto, permisos, y/o
licencias específicos. Los requisitos del registro y la información del
contacto se enumeran abajo. Usted puede también entrar en contacto con una
oficina regional para la información o la ayuda adicional. Después de
que se haya procesado su
registro del uso asignaremos un
número de identificación del estado del contribuyente a su negocio y le
notificaremos de su número de identificación específico del impuesto.
El registro en línea está disponible para algunos números de identificación
federales y de Georgia. Para más información, visite
www.georgia.gov y chasca el acoplamiento del registro del negocio
situado en el más bajo del lado izquierdo de la página.
Impuesto de ventas y uso
Cualquier entidad de negocio que venda, las ofertas para la venta o solicita
regularmente las ventas de la propiedad personal tangible, ciertos servicios
imponibles, o los contratos para proporcionar servicios en el estado de Georgia
se requieren para colocar y el cerificado del registro de impuesto de ventas y
uso. No sigue habiendo este registro no requiere la renovación y en efecto
mientras la entidad de negocio exista sin cambio en propiedad o estructura.
Las formas de registro se pueden enviar por fax a 404 417-4318.
Contacto: TSD-sales-tax-lic@dor.ga.gov
Impuesto de retención
Cualquier negocio que tenga empleados como definido en el O.C.G.A. § 48-7-100(4)
debe colocarse para un número de retención. No sigue habiendo este registro no
requiere la renovación y en efecto mientras el negocio tenga empleados que
salarios estén conforme a la retención del impuesto sobre la renta de Georgia.
El registro separado con el departamento del trabajo de Georgia se requiere
para divulgar impuesto de desempleo.
Las formas de registro se pueden enviar por fax a 404 417-4318.
Contacto: TSD-withholding-lic@dor.ga.gov
Acuerdo internacional del impuesto del combustible (IFTA)
Un registro de IFTA se requiere para cualquier portador del
motor domicillio en georgia que funcione encendido una base de un estado a otro
y resuelve las definiciones cualificadas siguientes. Vehículos usados,
diseñados, o mantenidos para el transporte de personas o de la propiedad y:
a. Tener dos árboles y un peso grueso del vehículo o peso bruto
registrado que excede 26.000 libras.
b. Tener tres o más árboles sin importar peso.
c. Se utiliza en la combinación, cuando el peso de tal
combinación excede 26.000 libras de vehículo grueso, o el peso grueso
registrado del vehículo.
El “vehículo de motor cualificado” no incluye los vehículos recreacionales. Este
registro requiere una renovación anual con la emisión de un nuevo permiso y de
etiquetas.
Contacto: TSD-IFTA-lic@dor.ga.gov
Distribuidor del combustible del motor
Un distribuidor cualificado del combustible del motor:
a. Produce, refina, se prepara, destila, fabrica, las mezclas o
combustible del motor de compuestos en este estado.
b. Hace la primera venta en este estado de cualquier
combustible del motor importado en este estado antes de que el combustible del
motor haya sido recibido por cualquier otra persona en este estado.
c. Consume o las aplicaciones en este estado cualquier
combustible del motor importado en este estado antes de que el combustible del
motor haya sido recibido por cualquier otra persona en este estado.
d. Compra el combustible del motor para la exportación de este
estado.
e. Consume o utiliza el combustible del motor de un tipo con
excepción de la gasolina para el uso de la carretera y de la no carretera y
quién elige para licenciarse mientras que un distribuidor para obtener la
exención permitió.
No sigue habiendo este registro no requiere la renovación y en efecto hasta
cancelado, suspendido, o haber revocado por el estado. Esto requiere un enlace.
Contacto: TSD-motor-fuel-lic@dor.ga.gov
Máquinas de fichas de la diversión
Las máquinas de la diversión se definen como máquinas de cualquier clase o
carácter usado por el público para proporcionar la diversión o la hospitalidad
que operación requiere el pago o la inserción de la moneda, de la cuenta, o del
otro dinero, símbolo, boleto, o en parte, sobre la habilidad del jugador, si o
no produzca una concesión a un jugador acertado. Cualquier negocio que mantenga
las máquinas de la diversión debe tener una licencia y etiquetas engomadas para
cada máquina en las premisas. La licencia y las etiquetas engomadas son
reanudables anualmente.
Contacto: TSD-amusement-lic@dor.ga.gov
Alcohol
Cualquier negocio que venda el alcohol (cerveza, vino, licor) para al por menos
a al por mayor se requiere para obtener una licencia del alcohol. Esta licencia
se aplica a las ventas a granel o a la consumición en las premisas. Este
registro requiere una investigación inicial y una renovación anual. Este
registro también requiere un enlace y una licencia local.
Venta al por menor: TSD-alcohol-tobacco-lic@dor.ga.gov
Venta al por mayor: atdiv@dor.ga.gov
Tabaco
Cualquier negocio que venda el tabaco (cigarro, cigarrillo, tabaco, etc.) para
al por menor o al por mayor se requiere para obtener una licencia del tabaco.
Este registro requiere una renovación anual.
Venta al por menor: TSD-alcohol-tobacco-lic@dor.ga.gov
Venta al por mayor: atdiv@dor.ga.gov
Si usted necesita la información o la ayuda adicional, puede entrarnos en
contacto con por correo en:
TAXPAYER SERVICES DIVISION
P.O. Box 49512
Atlanta , GA 30359-1512
o
1800 Century Blvd., N.E.
Suite L-200
Atlanta , GA 30345-3205
O por el teléfono en
(404) 417-4490
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